Auto Supremo AS/0045/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Este fallo provocó la interposición de los recursos de casación por parte de los imputados


Este fallo provocó la interposición de los recursos de casación por parte de los imputados Jorge Badani Lenz y Gonzalo Augusto Daza Gonzales, argumentando: que el Auto de Vista en el numeral 5 del último considerando señaló que la obligación de pago contenida en la Sentencia Constitucional de cuya desobediencia se los acusó, determinó que se trataba de una obligación institucional y no personal, deslindándoles de la responsabilidad personal; por lo que, debió corregirse la Sentencia absolviéndose de pena y culpa y no disponer la reposición del juicio por otro tribunal; por su parte, la acusadora particular Aurora Rivas Vda. de Ortuño, denunció que: i) La prueba extraordinaria ofrecida por la defensa cuya valoración se pretendía, no podía ser considerada, porque no surgió del debate; por lo que, no podía admitirse su judicialización, lo contrario importaría admitir prueba extemporánea que debió ser oportunamente ofrecida por los imputados; ii) El hecho de haberse dado lectura íntegra de la Sentencia después de cuatro días de haberse leído la parte dispositiva no vulnera derecho o garantía alguna; y, iii) Cuando se determinó la presunta existencia de los defectos de la Sentencia contenida del art. 370 incs. 1), 5), 6) y 11) del CPP, el Tribunal de apelación se limitó a copiar la norma sin explicar en el caso como advertía la existencia de tales defectos