Auto Supremo AS/0045/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Del análisis del precedente invocado, se constata que si bien emitió doctrina legal aplicable generada


Del análisis del precedente invocado, se constata que si bien emitió doctrina legal aplicable generada por la evidencia de la no existencia de prueba fehaciente de la comisión del delito de suministro de sustancias controladas; no se está ante una situación de hecho similar en los términos exigidos por el art. 416 último párrafo del CPP que preceptúa: "Se entenderá que existe contradicción, cuando ante una situación de hecho similar, el sentido jurídico que le asigna el Auto de Vista recurrido no coincida con el del precedente sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance" y respecto al cual, este Tribunal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de diciembre, puntualizó: "Cuando la norma se refiere a una situación de hecho similar, considera esta Sala que el legislador se refiere a supuestos fácticos análogos, siendo necesario precisar que en materia sustantiva el supuesto fáctico análogo exige que el hecho analizado sea similar; en cambio, en material procesal el supuesto fáctico análogo se refiere a una problemática procesal similar”; pues en el precedente el Tribunal de alzada ante la evidencia de falta de prueba del delito atribuido y al no existir prueba convincente para la condena del imputado, debió dar aplicación al art. 413 del CPP; mientras que en el presente caso, los recurrentes denuncian que no existe elementos constitutivos del tipo penal por el que fueron condenados, por no subsumirse sus conductas al delito de Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Habeas Corpus y Amparo Constitucional al no ser sujetos activos del ilícito endilgado; y, que no se hubiere generado el incumplimiento de la SC 72/2002-R de 21 de enero, cuestionando que el Tribunal de alzada no hubiese identificado correctamente al sujeto activo