Auto Supremo AS/0045/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Finalmente, los recurrentes manifiestan que el Tribunal de alzada no se pronunció fundadamente sobre la


Finalmente, los recurrentes manifiestan que el Tribunal de alzada no se pronunció fundadamente sobre la existencia de atipicidad relativa y sobre la inexistencia y defectuosa valoración de la prueba en la Sentencia; al respecto, de la revisión del fallo impugnado, se establece no ser cierta la falta de fundamentación y menos falta de pronunciamiento por parte del Tribunal de alzada respecto a estos reclamos; por el contrario, este Tribunal considera que la fundamentación realizada y la conclusión asumida por el Tribunal de alzada en lo que respecta a la decisión final del Tribunal de Sentencia, resulta correcta, puesto que dicha Sentencia obedece precisamente al análisis individual y conjunto de la prueba introducida al juicio, como también de los hechos denunciados, que luego de realizado el juicio oral, fueron considerados probados, aspectos sobre los cuales, luego del control efectuado por el Tribunal de apelación, se pudo establecer, que eran consecuencia de un razonamiento lógico y acorde a las reglas de la sana crítica, sin advertirse la existencia de los defectos previstos por el art. 370 incs. 5) y 6) del CPP, siendo menester destacar que el tema relativo a una supuesta “atipicidad”, se halla vinculado al defecto previsto por el art. 370 inc. 1) del CPP, que fue compulsado en el acápite III.1. de la presente Resolución