Auto Supremo AS/0335/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Ahora bien, si la lógica nos permite inferir (lo mismo que reconoce el recurrente), que

Ahora bien, si la lógica nos permite inferir (lo mismo que reconoce el recurrente), que las planillas son coincidentes en su contenido con la papeletas de pago al constituir su respaldo o base y ambas a su vez responden al libro y lista de asistencia de los trabajadores, se entiende que en el Auto de Vista recurrido existe pronunciamiento suficiente sobre la prueba esencial que, en este caso, resultan las planillas de pago aludidas, las que para la Juez A-quo y el Tribunal de Alzada, no desvirtuaron el contenido de las demás pruebas enumeradas, en consecuencia no resulta evidente la incongruencia omisiva denunciada ni la vulneración del Art. 236 del CPC y 180-II) de la CPE, no existiendo causal de nulidad al amparo del art. 254 -4) del CPC