Auto Supremo AS/0335/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Con ese epígrafe, señala que el Tribunal Ad-quem a fs

Error de derecho sobre la admisión de la prueba en etapa de apelación, violación, interpretación y aplicación errónea de la Ley
Con ese epígrafe, señala que el Tribunal Ad-quem a fs. 274 resta todo valor legal a la prueba presentada bajo juramento de reciente obtención refiriendo que la misma no tiene valor legal por no tener fechas posteriores y que debieron ser presentadas en plazo probatorio, ello no obstante que ordenó el juramento de ley y señaló que previo traslado se acepta la literal ofrecida, para finalmente con decreto de fs. 260 disponer que serán consideradas a tiempo de pronunciar el Auto de Vista. Que resulta erróneo lo indicado por el Tribunal de Apelación en sentido de que tal documental se encontraba en poder de la empresa demandada y no tienen fechas posteriores toda vez que los arts. 152 del CPT y 331 del CPC disponen que el juez podrá actuar de oficio y orientar las diligencias que tiendan al esclarecimiento de los hechos controvertidos y, vencido el término probatorio y aun en segunda instancia, solo se aceptaran documentos de fecha posterior y siendo anteriores bajo juramento de no haber tenido conocimiento de ellos. Por tanto se interpretó incorrectamente el alcance del art. 152 y 331 del CPC