Auto Supremo AS/0335/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2016

Fecha: 10-Oct-2016

Que, en su afán de evadir obligaciones laborales, forjan e imponen contratos civiles a fin

I.3.1 Petitorio
Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, anule obrados o case en parte del Auto de Vista estableciendo la fecha de ingreso, tiempo de servicios y motivo de retiro conforme a lo fundamentado.
I.4. Respuesta al recurso de casación formulada por el actor
El actor, legalmente citado, responde negativamente con memorial de fs. 298 a 300 señalando en lo principal que el recurso se formuló sin expresión de las normas infringidas por el Tribunal de Alzada. Asimismo, sostiene que todos los trabajadores entraron a trabajar con contrato verbal en consecuencia el tracto laboral fue desde el 5 de julio de 2010 al 5 de agosto de 2012 y que durante los primeros dos a tres meses la empresa no otorgó los seguros a corto ni a largo plazo por tal razón existe documental solo desde el momento en que regularizaron los documentos ante el Ministerio del Trabajo.
Que, en su afán de evadir obligaciones laborales, forjan e imponen contratos civiles a fin de evitar el pago de beneficios sociales por ello no correspondió ni caja ni AFPs, que el recurrente reconoce en el recurso que el actor empezó sus actividades mediante contrato verbal y luego contratos de trabajo para finalmente suscribir contrato civil para lo cual procedieron a tramitar la baja ante la Caja de Salud