Auto Supremo AS/0858/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2016-RRC

Fecha: 31-Oct-2016

En cuanto a la participación individual de los recurrentes se alega


En cuanto a la participación individual de los recurrentes se alega:

1)Franz Mostajo Guzmán, alega que en su gestión como Alcalde fue súper vigilado por el Consejo Municipal, señalando que existe un error en la cantidad asignada (Bs.- 7.000.000.-) siendo esta menor, señala además que no se consideró las ejecuciones presupuestarias y estados financieros aprobados por el Consejo Municipal, generándole un estado total de indefensión, concluye señalando que como alcalde contaba con un salario Bs. 1.800.-

2)Franz Eddy Mostajo Farfán, señala que resulta falsa la aseveración de que sea pariente del coprocesado Franz Mostajo Guzmán; en consecuencia, no resultaría suficiente para que se le atribuya el delito de Asociación Delictuosa, refiere que fue detenido ilegalmente durante seis meses y que no participó en ningún momento como alcalde, concejal, ni siquiera servidor público, pues su participación se limitó a prestar servicios de transporte de material al municipio mismo que no fue ni siquiera cancelado en su totalidad generándole perjuicios económicos, concluye señalando que no existe subsunción alguna sobre su participación en los delitos condenados