Auto Supremo AS/0858/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2016-RRC

Fecha: 31-Oct-2016

En cuanto al presente agravio se denuncia la infracción de los arts


En cuanto al presente agravio se denuncia la infracción de los arts. 242 inc. 4) y 243 del CPP, con relación a los art. 37 inc. 1), 39 Inc. 2) -se entendería que estos últimos corresponden al Código Penal, pues el recurrente no efectúa la precisión extrañada-, norma legal que observa la aplicación del quantum de la pena y la prueba que debe sustentar una Sentencia condenatoria; al respecto, se tiene que verificados los antecedentes de fs. 7244 a 7245, cursa el recurso de apelación contra sentencia del ahora recurrente en el que no existe constancia de que se haya alegado como infracción de la normativa procesal penal motivo de casación, la denuncia de falta de consideración de atenuantes y menos se tenga señalado que pruebas hubiesen sido erróneamente valoradas y hayan afectado en la incorrecta aplicación de la pena, pues simplemente se limitó a señalar que la pena no correspondería a los datos del proceso porque no sería responsable de los ilícitos acusados y condenados, denotando que recién en casación pretende la consideración de normas legales que no fueron oportunamente demandadas sin considerar que las partes en cada una de las etapas del proceso deben ejercer las acciones de defensa que en cada acto procesal que se encuentran así previstos y que de manera por demás curiosa denuncia la falta de consideración a algo no solicitado, ahora bien la omisión de citar las pruebas (atenuantes) defectuosamente consideradas es reiterada en el presente recurso al no señalar cuales no fueron correctamente consideradas para la aplicación de su condena, no resultando suficiente alegar que a otro imputado se le impuso una pena menor; en consecuencia, el presente motivo en infundado