Auto Supremo AS/1172/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1172/2016

Fecha: 07-Oct-2016

En ese mismo sentido el art

En ese mismo sentido el art. 214 del indicado Código, dispone: (Clases de recursos). “Sin perjuicio de los recursos establecidos en leyes especiales, las Resoluciones judiciales podrán reclamarse mediante los recursos de reposición, apelación y casación, conforme a lo dispuesto en los capítulos siguientes, sin perjuicio de los recursos especiales previstos por la ley.”