Auto Supremo AS/0306/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

El Auto Supremo 78/2013 de 20 de marzo, dictado dentro del proceso penal seguido por


El Auto Supremo 78/2013 de 20 de marzo, dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y otro contra AVTS y otro, por la presunta comisión de los delitos de Uso de Instrumento Falsificado y Falsedad Material, tuvo como hechos fácticos, la constatación por parte del Tribunal de Casación, de que el Ad quem, a tiempo de incrementar la pena a la imputado, no lo hizo de forma motivada, incurriendo en error in iudicando y vulnerando el debido proceso, la tutela judicial efectiva, la seguridad jurídica y el derecho a ser oído; motivando la emisión de la siguiente doctrina legal aplicable:

“La apelación restringida es el medio para reparar la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva. En ese marco, si el Tribunal de Alzada identifica de manera clara y precisa error u omisión referidos a la imposición de la pena y decide reparar directamente el defecto agravando la misma en aplicación del artículo 414 del Código de Procedimiento Penal parte in fine, deberá fundamentar de forma suficiente la fijación de la pena mayor sobre la base de los hechos probados en juicio oral e identificados en la Sentencia y determinar de ese modo las circunstancias a las que refieren los artículos 37 y siguientes del Código Penal