Auto Supremo AS/0306/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0306/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2015 de


Del Auto de Vista impugnado.

La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista 54/2015 de 2 de septiembre, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró IMPROCEDENTE las cuestiones formuladas y confirmó la Sentencia impugnada, bajo los siguientes fundamentos expuestos en el sexto considerando:

1) Respecto al presunto defecto previsto por el inc. 3 del art. 370 del CPP, el Ad quem, señala que no es evidente que en la Sentencia falte la enunciación del hecho o su determinación circunstanciada, pues el mismo se encontraría en la primera hoja de la Sentencia, habiéndose cumplido con el art. 360 inc. 2) del CPP; asimismo, refiere el Ad quem, que el recurrente confundió este defecto con el inc. 5) del artículo referido precedentemente, el cual está referido a la fundamentación y no a la enunciación del hecho y circunstancias objeto del juicio; por último, los precedentes invocados no estarían relacionados con el defecto previsto por el inc. 3 del art. 370 del CP, sino con la fundamentación de la Sentencia