Auto Supremo AS/0907/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Ahora en el caso en cuestión, más allá del fundamento expuesto supra en el párrafo

Ahora en el caso en cuestión, más allá del fundamento expuesto supra en el párrafo anterior, que a prima facie hacen inviable la demanda, empero, dentro de la lógica de los de instancia, se debe aclarar y poner de manifiesto, que no se ha llegado a demostrar a ciencia cierta que en litis la demandada no sea la hija Biológica extremo que ha quedado en un punto de incertidumbre, partiendo de esos parámetros, al margen del fundamento de que no fuese el padre biológico el que ha reconocido a la ahora demandada, no se ha llegado a demostrar la existencia de error, dolo o violencia en los actos de reconocimiento, debido a que la Litis se ha centrado en establecer únicamente lo señalado es decir, la falta de relación biológica pero nada con relación a que en el momento del reconocimiento existió dolo, error, o violencia es decir, por error propio, o sea, por considerar como hijo al reconocido o dolo cuando la madre oculta, engaña y le hace creer que el reconocido es su hijo, y finalmente cuando hay violencia, presupuestos que no han sido demostrados en ningún momento en el presente proceso, motivo por el cual la demanda resulta improbada