Auto Supremo AS/0907/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Sobre el tema este Tribunal máximo de justicia Ordinaria, en el Auto Supremo Nº 068/2015


Sobre el tema este Tribunal máximo de justicia Ordinaria, en el Auto Supremo Nº 068/2015 – L de fecha 17 de noviembre 2015 reiterando el entendimiento asumido, ha delineado lo siguiente: “ Sobre ese instituto del código de familia los Autos Supremos Nros.437/2013 de fecha 27 de agosto, 485/2013 de fecha 18 de septiembre y 605/2014 de fecha 27 de octubre entre otros ha orientado en sentido que: “El reconocimiento de hijo de padre y madre no casados entre sí, es un acto jurídico unilateral, personalísimo e irrevocable, toda vez que quien ejercita ese derecho lo realiza de manera libre y voluntaria, sabiendo las consecuencias jurídicas de su reconocimiento