Auto Supremo AS/0907/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Del recurso en cuestión se advierte que los dos primeros puntos de controversia, se encuentran

En el sub lite y conforme se tiene en el primer Auto supremo, del recurso de casación se advierte la existencia de reclamos evidentes y concretos en el recurso de casación, los cuales fueron extractados en el punto II.1, no pudiendo este Tribunal incumplir su labor y desoír o pretender el desconocimiento de estos reclamos, por simples aspectos formales, como procura el Tribunal de Garantías lo contrario implicaría, sobreponer el formalismo excesivo a la Justicia Material, extremo que no va en consonancia con el nuevo modelo constitucional y la Jurisprudencia constitucional citada en el punto III.4, correspondiendo en consecuencia absolver los mismos, y no denegar el acceso a la justicia o restringir el principio de impugnación.
Del recurso en cuestión se advierte que los dos primeros puntos de controversia, se encuentran concatenados, debido a que ambos están abocados a establecer que los de instancia, vulneraron su derecho al nombre al quitarle el apellido de su padre, afectando su filiación, los actos realizados en su vida civil, y que se habría vulnerado el art. 195 del Código de Familia al desconocer la calidad de acto voluntario y personalísimo, habiendo sido reconocida desde que nació y el hecho de que fuera reconocida por el hermano de su madre no le quita la validez al reconocimiento y no impide que le reconozca como hija