Auto Supremo AS/0907/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Sustanciado el proceso, el Juez de la causa declaró probada la demanda con excepción únicamente


Sustanciado el proceso, el Juez de la causa declaró probada la demanda con excepción únicamente de los daños y perjuicios, resolución que recurrida de apelación fue confirmada por el Ad quem, bajo el argumento central que si bien el reconocimiento es un derecho voluntario, empero, dicho acto debe ser realizado por el padre biológico en favor del hijo biológico, por cuyo motivo el acto de reconocimiento realizado por Hilarión Ortiz Ricaldez en favor de Julia Basilia Ortiz Ortiz, quien no resulta ser hija biológica, adolece de un vicio congénito el cual se halla sancionado con nulidad-