Auto Supremo AS/0907/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016

Fecha: 27-Jul-2016

Que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal


Que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de Garantías mediante resolución Nº 33/2016, ha concedido la tutela impetrada y ha dejado sin efecto el Auto Supremo Nº 465/2015, disponiendo que se emita uno nuevo, en el marco de nuestras atribuciones, materializando el debido proceso en sus elementos legalidad fundamentación y motivación congruentes pertinente y suficiente y la seguridad jurídica, bajo el siguiente fundamento - de que se habría interpretado erróneamente e inaplicado la normativa familiar que regula el instituto de reconocimiento de hijo, sobreponiendo el requisito de voluntad sobre el de existencia de lazo consanguíneo, cuando ambos por ley deben ser concurrentes, así como la normativa contenido en los arts. 47-174-1) y 195-1) del Código de Familia, 57 a 58 de la Ley 2026, ley del Registro Civil de 16 de noviembre de 1899 y su Reglamento de 3 de julio de 1943y DS 24247, puesto que se habría creado otro procedimiento paralelo a la adopción para el reconocimiento de hijos no biológicos, pese a que en la causa se llegó a demostrar que el padre difunto procedió a reconocer como a su hija a su sobrina biológica hija de su hermana