Auto Supremo AS/0926/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0926/2016

Fecha: 03-Ago-2016

Arguye que el art

Arguye que el art. 636 del Código Civil no puede ser aplicable al caso de autos, porque el documento no tiene fecha, por lo que no se puede determinar el día a partir del cual se debe empezar el compto dentro del cual el comprador debió cancelar el segundo pago, por lo que infiere que no ha corrido término para el cumplimiento de una de las contraprestaciones como es el pago de la segunda cuota