Auto Supremo AS/1033/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1033/2016

Fecha: 24-Ago-2016

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Refiere que en el segundo documento de venta Hilarión Mamani Balderrama en base a la referida Escritura Púbica da en venta el lote de terreno a su favor, de donde se infiere que obró de mala fe, puesto que valiéndose la primera Escritura Pública falsificada vendió el referido lote de terreno a Eusebio Andrés Alvares Mollinedo, quien intervino como comprador de buena fe, pues desconocía el origen ilícito de dicha escritura y prueba de ello es que Hilarión Mamani falsifico dicha escritura en fecha 27 de abril de 2002
2.- Refiere que se valoró de manera equivocada la confesión judicial de Hilarión Mamani Balderrama porque dicha confesión fue realizada sobre derechos que no son de libre disposición del confesante y porque esta hace plena prueba solo respecto al confesante por imperio del art. 1321 del Código Civil