Auto Supremo AS/0116/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

III.1.2. Respecto a la falta de pronunciamiento


En el caso de autos, se tiene que la imputada en la interposición de su recurso de apelación restringida reclamó la incorrecta valoración de los elementos de prueba; arguyendo, que en la sentencia no constaría de qué manera el Tribunal hubiere valorado la prueba; por lo que, desconocería cuáles fueron los supuestos probatorios que dieron convicción al Tribunal; a cuyo efecto, el Tribunal de alzada aparte de emitir las conclusiones que fueron descritas en el análisis del punto anterior, asumió la existencia de defectuosa valoración de la prueba, en la que habría estado ausentes las reglas de la sana crítica, como la experiencia, la lógica y la psicología, lo que quebrantaba el principio de razonabilidad, conclusión que evidentemente incurre en falta de fundamentación como alega el recurrente; toda vez, que conforme la doctrina expuesta, si bien la respuesta del Tribunal de alzada no tiene que ser necesariamente extensa, omite explicar de manera expresa, clara, completa, legítima y lógica qué pruebas habrían sido defectuosamente valoradas o respecto a autos el Tribunal de juicio no habría aplicado las reglas de la sana crítica como la experiencia, la lógica y la psicología y no limitarse a señalar que existió defectuosa valoración de la prueba sin la más mínima fundamentación; consecuentemente, el motivo en cuestión deviene en fundado.

III.1.2. Respecto a la falta de pronunciamiento