Auto Supremo AS/0116/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

Por Sentencia 15/2016 de 5 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del


Por Sentencia 15/2016 de 5 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a la imputada Vania Karina Vega Urzagaste, autora de la comisión del delito de Estafa, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más doscientos días multa a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos) por día, con costas; bajo los siguientes hechos probados: 1) El 6 de diciembre de 2013 Wilson Vargas entrega a Vania Karina Vega Urzagaste la suma de $us. 40.000.- (cuarenta mil dólares estadounidenses) y Bs. 160.000.- (ciento sesenta mil bolivianos) que debían ser devueltos el 6 de enero de 2014 con su interés. Ese dinero no era de Wilson Vargas, una parte era de su primo Mario Cabrera Villagómez y el resto de otras personas, dinero que fue obtenido con el argumento de que la acusada era la hija de una concejal municipal de Yacuiba, que tenía contrato de entrega de canastones para SETAR, empresa de electricidad. 2) Llegada la fecha, la acusada muestra y entrega a Wilson Vargas la fotocopia de un cheque de Bs. 1.129.000.- (un millón ciento veinte nueve mil bolivianos) para ser cobrado el 23 de enero de 2014 del Gobierno Autónomo Regional del Chaco Tarijeño, convenciéndolo que estaba recibiendo otro contrato de compra de gomas para los vehículos de la Alcaldía de Yacuiba y licitaciones de artículos de secretaría del municipio, por lo que le pide invierta más dinero, que de ese modo Wilson Vargas le dice a su primo Mario Cabrera quien a su vez le dice a Juan Pablo Becerra que vivía en Santa Cruz, quien el 8 de enero de 2014, deposita en la cuenta de Vania Karina Vega Urzagaste la suma de Bs. 276.000.- (doscientos setenta y seis mil bolivianos); y, 3. Que ambas entregas pasan los $us. 100.000.- (cien mil dólares estadounidenses) que la acusada no devuelve a Wilson Vargas