Auto Supremo AS/0123/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

4)Denuncia que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc


4)Denuncia que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, violando los derechos y garantías constitucionales de la defensa en juicio, debido proceso, presunción de inocencia y vulneración del principio de seguridad jurídica, así como los arts. 342, 6, 173, 124 y 398 del CPP; y, 115 y 117 de la CPE, pues el de mérito había transcrito fragmentos de las declaraciones María Norma Villarroel, de la declaración de la víctima, de María OCHOA Burgos, de las pruebas C-3, C-2, sin hacer constar las contradicciones que existirían entre estas pruebas con el fin de condenarle en lugar de declararlo absuelto en aplicación del principio in dubio pro reo; alega que las referidas valoraciones insuficientes y contradictorias, sobre las cuales refiere “solicitado oportunamente por la defensa, NO HAN SIDO EXCLUIDAS, vulneran también el Derecho Constitucional al Debido Proceso (…)” (sic); también refiere el recurrente, que la Sentencia carece de una “adecuada fundamentación jurídica suficiente y contradictoria” (sic), pues no había dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 124 y 398 del CPP, motivo en el que invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre del 2006, 342 de 28 de agosto del 2006, 776/2014-RRC de 19 de diciembre de 2014, 342 de 28 de agosto del 2006, 207 de 28 de marzo de 2007, 319/2012-RRC de 4 de diciembre, 207 de 28 de marzo del 2007, 5 de 26 de enero del 2007, 314 de 25 de agosto del 2006, 256 de 26 de julio del 2006, 166 de 12 de mayo del 2005 y 256 de 26 de julio del 2006