Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0123/2017-RRC
Fecha: 21-Feb-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 81/2015 de 31 de agosto (fs
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b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Patric Robles Choquellampa interpuso recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 742/2016-RA de 26 de septiembre,
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1)El recurrente señala que en la etapa de juicio planteó exclusión probatoria de las pruebas
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2)Refiere la existencia de vulneración de derechos y garantías constitucionales, debido a que se incurrió
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3)Refiere que existió defectuosa valoración de la prueba documental emergente de la interpretación errónea e
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4)También, señala que la falta de fundamentación de un fallo, Sentencia o Auto de Vista,
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 742/2016-RA de 26 de septiembre, cursante de fs
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II.1. Del incidente de exclusión probatoria en etapa de juicio oral
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Del acta de celebración del juicio oral de 1 de julio del 2015 (fs
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II.2. De la Sentencia
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Por Sentencia 81/2015 de 31 de agosto, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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En los hechos probados por el A quo, se tiene que la víctima fue abusada
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II.3. Del recurso de apelación restringida
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1)Denuncia la existencia del defecto previsto por el inc
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2)Alega que la sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
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3)Argumenta que la Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al
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4)Denuncia que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el inc
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5)Argumenta que la Sentencia incurre también en el defecto de Sentencia previsto por el inc
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II.4. Del Auto de Vista impugnado
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a)En cuanto al primer agravio fundado en la presunta existencia del defecto de sentencia previsto
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b)En cuanto a la presunta existencia del defecto de Sentencia previsto por el inc
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c)En el quinto considerando de la resolución impugnada, resolviendo el presunto defecto de Sentencia previsto
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d)En cuanto a la existencia del defecto de Sentencia previsto por el inc
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e)Respecto al presunto defecto de Sentencia previsto por el inc
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III.1. Análisis del caso concreto
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III.1. Del primer motivo de casación
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El recurrente en el primer motivo de casación por el cual denuncia que el Tribunal
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“En el planteamiento de apelaciones incidentales contra resoluciones que rechacen excepciones durante el juicio oral
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Es necesario que en caso de concurrir ambas apelaciones, la misma Corte de alzada conozca
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Si no se ha ofrecido prueba, el recurso de apelación incidental sobre rechazo de excepciones
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Existiendo una situación análoga entre el hecho generador de la doctrina legal aplicable y el
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En casación el recurrente alega que, el Tribunal de apelación no habría resuelto el recurso
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Revisado el Auto de Vista hoy impugnado, se establece que el Tribunal de apelación resolvió
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Por otro lado, de la revisión del acta de celebración del juicio oral de 22
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De la misma manera, el recurrente de forma ambigua alega que habría planteado oralmente su
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Por lo expuesto, este Tribunal no advierte la presunta contradicción entre el precedente invocado y
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En cuanto al segundo motivo de casación
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En el segundo motivo de casación, admitido por cumplimiento de requisitos de flexibilización, ante la
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El argumento referido, responde a la denuncia del imputado, quien luego de hacer alusión a
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De la redacción del recurso de apelación restringida y de lo fundamentado por el recurrente
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De la fecha de nacimiento afirmada por el propio recurrente, evidentemente se establece que la
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Se advierte también que el verdadero sustento del presunto defecto de errónea aplicación de la
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Argumento del recurrente que fue correctamente resuelto por el Tribunal de apelación, quien fundamentó que,
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Bajo dichos argumentos, la referencia al art
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En cuanto a la tercera denuncia de casación
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En el tercer motivo de casación, admitido vía flexibilización ante la denuncia de vulneración de
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Al respecto, el Tribunal de apelación a tiempo de resolver la denuncia fundada en la
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Al respecto, en apelación restringida, el recurrente alegó que el A quo no se había
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Del análisis del motivo concreto, se advierte en principio que el imputado, alega que el
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Cuando el recurrente argumenta que el Ad quem no determinó la fecha del hecho y
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En cuanto al décimo motivo de casación admitido para el análisis de fondo
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En el décimo motivo de casación admitido por cumplimiento de requisitos de flexibilización, ante la
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El Tribunal de apelación en el quinto considerando del Auto de Vista impugnado, a tiempo
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De la revisión del recurso de apelación restringida, este Tribunal de casación establece que evidentemente
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Finalmente, es oportuno referir que a lo largo de las denuncias formuladas por el imputado
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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