Auto Supremo AS/0123/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

d)En cuanto a la existencia del defecto de Sentencia previsto por el inc


d)En cuanto a la existencia del defecto de Sentencia previsto por el inc. 3) del art. 370 del CPP, el Ad quem, refiere que el mismo no sería evidente, pues el A quo había realizado una relación detallada de los hechos, los cuales habían sido señalados con claridad por la víctima y relacionados y corroborados por otros medios de prueba, llegando a la convicción de que existe el vínculo causal entre el hecho y el acusado