Auto Supremo AS/0271/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0271/2017-RRC

Fecha: 17-Abr-2017

Al igual que en el primer agravio se tiene que los precedentes contradictorios invocados tienen


Similar razonamiento contienen los Autos Supremos 329/2006de 26 de agosto, 315/20016 de 25 de agosto y 236/2007 de 7 de marzo; es decir, que los delitos para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada tipo en el Código Penal y ser probado en juicio oral, público, contradictorio y continuo y en la fase de subsunción legal los Tribunales y Jueces de Sentencia; y excepcionalmente, los Tribunales de Apelación, deben tener el cuidado de observar que la ausencia de alguno de los elementos configurativos del tipo penal, no existe delito.

Al igual que en el primer agravio se tiene que los precedentes contradictorios invocados tienen plena relación con el cuestionamiento traído en casación; en consecuencia, corresponde ingresar a verificar la existencia o no de la contradicción alegada