Auto Supremo AS/0274/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2017-RRC

Fecha: 18-Abr-2017

Existe otra nota dirigida al Lic


Existe otra nota dirigida al Lic. Ernesto Rivero Villarroel de 27 de Junio de 2009 (Q-PD-9) denunciando sobre la existencia de un crédito fantasma y manipulación en el sistema informático, en respuesta en fecha 20 de Agosto del 2009 a María Luisa Moller se mencionó de que había errores operativos por parte de la entidad, empero no ha provocado ningún perjuicio patrimonial más bien fue beneficiado con varias condonaciones de parte del Banco (Q-PD-10) Otro Oficio dirigido al señor Director Ejecutivo de la ASFI de fecha 24 de Junio del 2009 (Q-PD-14) al Gerente general de ECOFUTURO manifestando haber concluido satisfactoriamente el reclamo de la Sra. María Luisa Moller y finalmente en fecha 5 de mayo del 2008 la imputada cancelo la obligación contraída con el Banco y fue condonado a su favor la suma de $us 17.865,02. Otro documento Q-PD-11) dando la respuesta al documento enviado por la Sra. María Luisa Moller de fecha 30 de Abril del 2010 de parte dela Institución de ASFI. Le indica en lo más sobresaliente Al respecto le comunicamos a Ud. Que este Órgano de Supervisión ha realizado las gestiones administrativas necesarias para la atención de los reiterados requerimientos presentados por su persona contra el Fondo Financiero Privado S.A. entre las ultimas, se llevo a cabo una inspección Especial in situ la pasada gestión 2009 que su parte conclusiva enuncia `Los errores del sistema informático en los extractos de las operaciones de la señora Moller no han provocado ningún menoscabo patrimonial´ En este entendido, los resultados logrados no evidencian incumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente por parte del Fondo Financiero ECOFUTURO S.A. OTRA NOTA DE FECHA 30 DE Abril del 2010 enviado a Lic. Luis Arce Catacora de parte de María Luisa Moller Lizarazu (q-pd.12) Solicitando la investigación de auditoria y además solicitando documentación por intermedio de ASFI y menciona Toda vez que esta actuación esta tipificada como delitos por doble contabilidad que recaen en nuestro ordenamiento jurídico legal vigente `Asimismo documentación adjunta de fecha 30 de Abril del 2010 dirigido al señor Reynaldo Yujra Segales pidiendo abrir nueva investigación de auditoria fraudulenta de la entidad financiera ECOFUTURO REGIONAL ORURO. Otra documentación Q-PD-7 enviado a la señora Ivonne Quintele Superintencia de Bancos y entidades financieras de parte de ECOFUTURO REPRESENTADO POR Rodolfo M. Medrano Cabrera Gerente General, en el que hace conocer sobre los puntos solicitados de parte de la Sra. María Luisa Moller Lizarazu, en la parte final indica Por lo anterior se evidencia que los reclamos de la Sra. Moller Son infundados y son el producto de la mala interpretación de los actos regulares de seguimiento que se realizan en operaciones con problemas de repago. La atención a la Sra. Moller, tanto de los ejecutivos de la Oficina nacional, como de la Gerente de la Sucursal Oruro y de todos los funcionarios ha sido siempre realizada dentro del marco del respeto y cooperación que merecen todos los clientes de ECO FUTURO independientemente del estado en que se encuentre su crédito. Documental Q-PD-15 se refiere a diferentes respuestas a la Sra. María Luisa Moller en cuanto a solicitud tuvo.” (sic)