Auto Supremo AS/0543/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0543/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

fundamentación jurídica, no había realizado el análisis de los tres tipos penales, limitándose a señalar


3.En el tercer motivo de apelación, denunció el recurrente que en la Sentencia falta la enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada, porque pese a que en el considerando III se había establecido una teoría fáctica, en la teoría probatoria no existiría la enunciación de los hechos y la determinación circunstanciada de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, tampoco había explicado cómo llegó a la conclusión de que su conducta se subsume a los referidos tipos penales, habiéndose limitado a realizar apreciaciones genéricas como los siguientes hechos: Que la acusada impidió el ingreso del querellante en el inmueble, que la acusada no ocupa el terreno, que la acusada perturbó la posesión del inmueble, participó directamente en impedir el ingreso del querellante al terreno; por otro lado, en el considerando IV de la Sentencia destinado a la


fundamentación jurídica, no había realizado el análisis de los tres tipos penales, limitándose a señalar en cuanto a la perturbación de posesión, que la acusada con su proceder adecuó su conducta al tipo penal referido, sin establecer cuál es ese proceder; en cuanto, al tipo penal de Daño Simple, el recurrente señala que tampoco existe circunstancia fáctica, limitándose el A quo a referir que la acusada se encontraba en la construcción y dirigió la destrucción de las habitaciones, demostrándose el ánimo de destrucción del bien