Auto Supremo AS/0551/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2017-RRC

Fecha: 14-Jul-2017

El Auto Supremo 250 de 17 de septiembre de 2012, fue emitido dentro de un


El Auto Supremo 250 de 17 de septiembre de 2012, fue emitido dentro de un proceso seguido por los delitos de Despojo, Difamación, Calumnia e Injurias, proceso en el cual este Máximo Tribunal de Justicia constató, que el Tribunal de alzada excedió su competencia al anular la Sentencia de primera instancia; puesto que, la nulidad advertida por el de Alzada devino de la vulneración de los principio de continuidad y celeridad en la celebración del juicio oral, vulneraciones que no fueron denunciadas por la acusadora particular en el recurso de apelación restringida interpuesto; puesto que, esta sólo denunció la violación de los incs. 1) y 6) del art. 370 del CPP, por lo que se anuló el Auto de Vista recurrido, estableciendo como doctrina legal aplicable que: “El Tribunal de Alzada debe ceñir el pronunciamiento de su resolución a lo que fue objeto de impugnación, debiendo el Auto de Vista circunscribirse sólo a los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida, de conformidad a lo dispuesto por el parágrafo II del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial, en concordancia con el art. 398 del Código de Procedimiento Penal, lo contrario se constituye en vicio de incongruencia por exceso (ultra petita o extra petitium), al resolverse sobre cuestiones que no fueron objeto de expresión de agravio, circunstancia que vulnera el debido proceso, la tutela judicial efectiva, la seguridad jurídica y el derecho a las resoluciones debidamente fundamentadas”