Auto Supremo AS/0788/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2017

Fecha: 25-Jul-2017

En ese mismo sentido, respecto al siguiente reclamo donde acusa la indebida aplicación del art

En ese mismo sentido, respecto al siguiente reclamo donde acusa la indebida aplicación del art. 997 del Código Civil, pues el nexo causal y causa eficiente del daño no sería la ruina sino un incendio ocasionado por el riesgo y la falta de prevención en la cocina de la demandada. Para dar respuesta a este reclamo, resulta pertinente remitirnos a todo lo fundamentado hasta ahora, pues independiente de que el incendio se haya originado por una actividad peligrosa o por ruina en el edificio donde funcionaba el Gimnasio de los recurrentes, conforme se desarrolló en el punto III.3. de la doctrina aplicable al caso de autos, si se llegó a demostrar que el incendio fue un hecho fortuito, pues no existe precedentes que demuestren que los demandados ya estaban alertados de lo que podía suceder sino realizaban reparación en la tubería de gas natural, dicho extremo se constituye en una causal que exime de responsabilidad a los demandados, por lo que lo acusado en este acápite resulta irrelevante