III.3.- Del caso fortuito como causa de exclusión de la responsabilidad
III.3.- Del caso fortuito como causa de exclusión de la responsabilidad
- Partes: René Alberto Claure Lara y María Del Rosario Galdo Asbún
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del mismo modo acusa error de derecho en la valoración de la prueba correspondiente a
- Asimismo refiere error de derecho porque una compañía de seguro no sería la autoridad competente
- Acusa que el Auto de Vista incurriría en error de derecho al no otorgarle el
- Del mismo modo acusa error de derecho al no haber sido valorado por el Tribunal
- Acusa error de derecho en la apreciación de las pruebas libradas a fs
- Refiere también que la certificación del Departamento de Licencias y Patentes cursante a fs
- Denuncia que el Tribunal de Alzada al resolver en apelación un acto jurídico que no
- Refiere que al margen de que demostró que la excepción de pago fue resuelta, con
- Con relación a que el Ministerio Público habría concluido que el caso fue fortuito, acusa
- Acusa error de derecho en la valoración de pruebas, ya que el Auto de Vista
- Denuncia violación e indebida aplicación de los arts
- Refiere que el Auto de Vista habría aplicado de forma indebida el art
- Señala que la afirmación vertida por los jueces de Alzada de que se trató evidentemente
- Arguye que en el Auto de Vista no existe pronunciamiento sobre la causal de responsabilidad
- Asimismo, acusa la inadecuada aplicación del art
- Finalmente acusa la vulneración del principio de verdad material, toda vez que al tratarse de
- Por lo expuesto la parte recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido, y
- De la Respuesta al Recurso de Casación
- De obrados se advierte que notificada la parte demandada con el recurso de casación (fs
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III.1.- Del Principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III.2.- De la responsabilidad Civil
- Para tener una idea clara de lo que es la responsabilidad civil, resulta preciso citar
- Asimismo Jaime Fernández Madero, en su obra Derecho de Daños pag
- Diez-Picazo y Gullón en su obra Sistema del Derecho Civil indican: “La responsabilidad implica la
- Por su parte el autor Joaquín Martínez Alfaro, en su obra Teoría de las obligaciones,
- Tradicionalmente, la doctrina clasifica la responsabilidad civil en: a) responsabilidad civil contractual; y b) responsabilidad
- La primera, nos referimos a la responsabilidad civil contractual, es la obligación de reparar el
- En la indemnización moratoria, el acreedor demanda el cumplimiento de la obligación, más el pago
- En la indemnización compensatoria, el acreedor reclama el pago de los daños y perjuicios causados
- Ahondando en la doctrina sobre este tipo de responsabilidad sobre los hechos a probarse Jaime
- Respecto a la segunda, sobre a la responsabilidad extracontractual, diremos que es la que no
- Doctrinalmente, la responsabilidad extracontractual, se clasifica en: subjetiva y objetiva
- Por su parte, la responsabilidad extracontractual objetiva, tiene como fundamento el deber genérico de no
- Otro aspecto importante es conocer que requisitos debe existir para la procedencia de la responsabilidad
- - El perjuicio o daño material: Se entiende por ello, el atentado que se produce
- - La culpa: Puede ser intencional: caracterizada por la mala intención del autor del daño;
- - Vínculo de causalidad: Para que proceda la indemnización debe existir necesariamente una relación entre
- Al respecto, el diccionario de Manuel Osorio y Gallardo, nos dice que la "culpa importa
- Nuestra legislación regla la responsabilidad civil en el Código Civil en su Libro Tercero, parte
- La normativa nacional, a través del Código Civil manifiesta que, quien con un hecho doloso
- Al respecto nuestra legislación en lo dispuesto por el art
- Ahora bien, corresponde establecer de qué forma se responde por el daño causado; en ese
- En la reparación, el daño siempre se remedia en forma total, pues, lo que se
- III.3.- Del caso fortuito como causa de exclusión de la responsabilidad
- Conforme a lo desarrollado en el punto anterior, donde se dejó establecido, entre otros aspectos,
- En ese entendido y refiriéndonos específicamente al caso fortuito, corresponde citar a la Autora María
- Del mismo modo la citada autora señaló que para que el juez establezca como eximente
- De estas apreciaciones se infiere que el hecho fortuito debe ser considerado como todo aquello
- III.4.- De la Valoración de la Prueba
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con relación al error de hecho en la valoración de las pruebas, pues en ningún
- Asimismo, y continuando con este primer reclamo, debemos señalar que si bien el informe técnico
- Respecto al reclamo de que no sería evidente que a fs
- Sobre el error de hecho en la valoración del informe ampliatorio del Director Departamental de
- Con relación a que las pruebas cursantes a fs
- Continuando con la consideración de los reclamos acusados, es turno de referirnos a la certificación
- Respecto a la errónea apreciación del documento de reconocimiento de firmas suscrito entre la parte
- Respecto a la denuncia de que el Tribunal de Alzada al resolver en apelación un
- Sobre el hecho de que con la prueba de fs
- Ahora bien, respecto a que el Auto de Vista se valdría de un rechazo de
- En lo que concierne a la violación e indebida aplicación de los arts
- En ese mismo sentido, respecto al siguiente reclamo donde acusa la indebida aplicación del art
- Con relación a la omisión del art
- Finalmente, sobre la vulneración del principio de verdad material, debemos señalar que contrariamente a lo
- Consiguientemente, en virtud a las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
