Auto Supremo AS/0788/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Respecto al reclamo de que no sería evidente que a fs

Respecto al reclamo de que no sería evidente que a fs. 1290 la Compañía de Seguros Latina habría afirmado que los demandados no cometieron algún hecho ilícito o de carácter infraccional, máxime cuando dicha entidad no sería competente para determinar la responsabilidad civil y la comisión de ilicitud por parte de la demandada; sobre el presente reclamo debemos señalar que si bien es evidente que en la documental de fs. 1290 la Compañía de Seguros Latina refiere únicamente que hace llegar al Juez de la causa la documentación relativa al pago de la indemnización a favor de la Sra. Rosario Schamisseddine Somoza por el siniestro sucedido en el Shopping Fidalga de Equipetrol, adjuntando en consecuencia copia simple de la Póliza de Seguros Nº TRM-SC-0029-03-2011 y la copia de la carpeta de reclamo Nº TRM 306/2011 en sus cuatro tomos; no existiendo afirmación relativa a que la parte demandada no hubiese cometido hecho ilícito o de carácter infraccional; sin embargo no menos cierto resulta ser el hecho de que en obrados no cursa prueba alguna que acredite que los demandados tengan responsabilidad o hayan cometido algún hecho ilícito o de carácter infraccional que haya ocasionado el presente siniestro, es decir el incendio, pues como ya se señaló supra el incendio tuvo como origen un hecho fortuito que, pues al no haber antecedente alguno que acredite que la parte demandada tenía conocimiento previo sobre la fuga de gas o de alguna falla técnica en la tubería de GN (gas natural), por lo que el incendio acaecido resulta ser evidentemente un hecho que no fue previsible y en consecuencia inevitable, es decir que el incendio al ser un hecho extraordinario cumple con los requisitos que hacen que este sea fortuito, por lo que el hecho de que en la foja 1290 no exista afirmación relacionada a que la demandada no haya cometido ningún hecho ilícito o de carácter infraccional, resulta ser intrascendente