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    Auto Supremo AS/0610/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0610/2017-RRC

    Fecha: 23-Ago-2017

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    • Por memorial presentado el 5 de enero de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencias 14/2016 de 17 de mayo (Procedimiento Abreviado) y 018/2016 de 23 de junio
    • b)Contra la Sentencia 18/2016, el imputado Juan Pablo Díaz Romero, interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • expreso de fundamentación de la pena subsanando la omisión extrañada, aspecto sobre el cual el
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 187/2017-RA de 20 de marzo, cursante de fs
    • Por Sentencia 18/2016 de 23 de junio, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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    • con Juan Pablo Díaz Romero y Boris García Polo, tal es así que el uso
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    • 1)Inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación [art
    • única prueba el Tribunal alcanzó a la conclusión de que si bien el testigo no
    • Asevera, que en la fundamentación jurídica los jueces sostuvieron que: “el acusado Juan Pablo Díaz
    • Asevera, que en lo referente a la infracción del recto entendimiento humano la sentencia carece
    • Añade, que en lo que corresponde a cuáles los hechos no ciertos en los que
    • reinserción social incurriendo la sentencia en insuficiente fundamentación, cuando debían fundamentar conforme lo establecen los
    • i
    • exposición de fundamentación probatoria descriptiva y la incorporación al fallo de los medios de
    • iii
    • Previa explicación respecto a los aspectos que se deben considerar para establecer y determinar el
    • Añade, que respecto a la inobservancia de los arts
    • El presente recurso fue admitido ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, porque el
    • III.1. Sobre la debida fundamentación
    • Previamente, corresponde señalar, que sobre la debida fundamentación, la doctrina legal aplicable de este Tribunal
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
    • e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
    • De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Sintetizada la denuncia traída a casación, referida a que el Auto de Vista recurrido vulneró
    • Respecto al primer motivo apelado, donde el Tribunal de alzada no se referiría con relación
    • Sobre el referido cuestionamiento, conforme se tiene del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de
    • De esta relación necesaria de antecedentes, se tiene que si bien el Auto de Vista
    • Por los argumentos expuestos, se tiene que el Tribunal de alzada de manera expresa, completa,
    • En cuanto al segundo motivo apelado, alega que el Tribunal de alzada consideró que el
    • Añadió que en lo referente a la declaración de Wilson Colchado, el Tribunal alcanzó a
    • existencia de otro cortaplumas encontrado en la requisa de vehículo, además de los lentes negros;
    • Afirmó que en lo referente a la infracción del recto entendimiento humano, la sentencia carecía
    • Concluyó su reclamo, alegando que en lo que corresponde a los hechos no ciertos en
    • Continuando con los fundamentos de la Resolución recurrida, agregó que como consecuencia de lo señalado,
    • que no encontró elementos que demuestren las infracciones, ya que la redacción de la sentencia
    • Respecto al tercer motivo de apelación, el Tribunal de alzada habría alegado que se debían
    • Antes de ingresar al análisis del presente motivo, resulta pertinente señalar sobre la aplicabilidad del
    • También resulta pertinente hacer referencia a la determinación judicial de la pena, respecto a la
    • En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
    • Ingresando al análisis del presente motivo, conforme se tiene del recurso de apelación restringida formulado
    • tampoco consideró su situación económica ni los criterios sobre la mayor o menor gravedad del
    • Añadió el Tribunal de alzada, que respecto a la inobservancia de los arts
    • Esta relación necesaria de antecedentes, permite constatar a este Tribunal, que el Auto de Vista
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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