Auto Supremo AS/0610/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0610/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Asevera, que en lo referente a la infracción del recto entendimiento humano la sentencia carece


Asevera, que en lo referente a la infracción del recto entendimiento humano la sentencia carece de sentido lógico e infringe la experiencia humana al considerar que existiendo un cortaplumas en el piso del vehículo conforme al acta de requisa, el Tribunal afirmó que no existía elemento alguno que lo respalde, que la arma punzo cortante cuchillo o navaja, con la que se amenazó a la víctima fue la encontrada en su poder, máxime si en el piso del vehículo se encontraron su zapato del pie izquierdo, cuaderno de color amarillo, su bolígrafo, su lápiz, etc. resultándole violatorio a la lógica y a la experiencia asumir el criterio del Tribunal de que ocurrido el hecho y supuestamente al momento de abandonar el lugar donde Andrés Mostacedo agredió sexualmente a la víctima, este sujeto se hubiese preocupado en devolverle el cuchillo o navaja, entonces porque no se preocupó de deshacerse de los demás elementos que resultan ser incriminadores de la presencia de la víctima en el vehículo; además, le resulta infracción a la lógica y experiencia si junto a los elementos de prueba se encontró un cortapluma de color rojo que los jueces omitieron citar y valorar en forma conjunta con los demás elementos de prueba. Afirma que carece de lógica lo alegado por los jueces, de que el cortaplumas encontrado en el piso del vehículo no es el utilizado en la realización del hecho, sino que era el cortapluma encontrado en el bolsillo de uno de los denunciados, careciendo de lógica asumir que Andrés Mostacedo, se hubiese preocupado de devolver un cortapluma, pero no se habría percatado de deshacerse de los otros objetos incriminantes