Auto Supremo AS/1180/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1180/2018

Fecha: 03-Dic-2018

Borda por su parte, refiere que condición significa, “la cláusula en virtud de la

a)Sobre la condición, Morales Guillen refiere que: “…es una palabra que en la práctica jurídica, se utiliza frecuentemente sin concretarla a una idea precisa. Se la emplea por ejemplo, para significar un elemento esencial de cualquier acto jurídico: el consentimiento es condición esencial del contrato o el transcurso del tiempo es condición esencial de la prestación, v. gr.; otras veces, como cláusula del pacto que estipula ciertas ventajas para una parte o que impone algunas cargas a la otra…, La condición como accidentalidad modificatoria del contrato o como modalidad de la obligación, es una relación arbitraria entre la obligación y un acontecimiento futuro e incierto, por la cual se hace depender la eficacia o la resolución de la obligación misma, del hecho de verificarse o no aquel acontecimiento…(…) La incertidumbre es el requisito más esencial de la condición y la característica que la distingue de todas las demás modalidades. La incertidumbre descarta desde, luego, los acontecimientos imposibles que no hacen incierta la subsistencia del vínculo, sino simplemente, no modifican ni mucho ni poco el contrato…” .
Borda por su parte, refiere que condición significa, “la cláusula en virtud de la cual la adquisición o la pérdida de un derecho se subordinan a un acontecimiento futuro e incierto”. Por extensión, suele llamarse condición al acontecimiento mismo del cual depende la adquisición o la extinción de un derecho”