Auto Supremo AS/0407/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

En relación a la falta de fundamentación de la pena, luego de realizar consideraciones doctrinales,


En relación a la falta de fundamentación de la pena, luego de realizar consideraciones doctrinales, se resuelve que la graduación de la pena se encuentra prevista por los arts. 37, 38 y 40 del CP, por lo que luego de condenar al acusado por los delitos de Estafa Agravada y Uso de Instrumento Falsificado, el Tribunal de origen ha cumplido las formalidades previstas a los efectos de establecer el quantum de la pena a imponer, y en este caso, se le ha impuesto al acusado la pena de cinco años de reclusión por los delitos de Estafa Agravada y Uso de Instrumento Falsificado, por lo que en este caso la pena impuesta al imputado cumple con lo previsto en los arts. 37, 38 y 40 del CP; y es el resultado del análisis de la personalidad del imputado, su conducta anterior al hecho, el grado de peligrosidad, el grado de instrucción (abogado) y otros aspectos que fueron tomados en cuenta por el Tribunal de mérito a tiempo de imponer la pena, situación que fue cumplida a cabalidad por el Tribunal de Sentencia