Auto Supremo AS/0407/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto


La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 64/2016 de 18 de octubre, que declaró admisibles e improcedentes los recursos de apelación interpuestos por las partes y confirmó la Sentencia, bajo los argumentos que a continuación se sintetizan y que tienen relación a los motivos que se analizan:

Respecto al recurso de apelación interpuesto por los querellantes, el Tribunal de alzada considera que la Sentencia absolutoria impugnada por los querellantes cumple con lo normado por los arts. 124 y 360 incs. 1), 2) y 3) del CPP, puesto que contiene los motivos de hecho y de derecho en que basa sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, el fallo de mérito contiene una relación del hecho histórico; es decir, está fijado clara, precisa y circunstanciadamente la especie que se estima acreditada y sobre la cuál se ha emitido el juicio, que es lo que se conoce como fundamentación fáctica, sin incurrir en lo previsto por el art. 370 incs. 5) y 8) del CPP; toda vez, que el Tribunal al valorar las pruebas de cargo y de descargo ha desarrollado una actividad u operación intelectual de forma conjunta y armónica de exclusividad jurisdiccional, con el fin de determinar, si los datos fácticos obtenidos en la producción de la prueba desfilada en la audiencia del juicio oral; es decir, que el Tribunal de mérito ha dado las razones jurídicas del porqué ha absuelto al acusado por los delitos inmersos en los arts. 337, 198 y 199 del CP. Se evidencia que no existe ninguna contradicción entre la parte resolutiva con la parte considerativa, ya que el Tribunal de primera instancia ha considerado y analizado las pruebas presentadas por las partes, ha valorado dichas pruebas tratando de relacionar la conducta del acusado para emitir la Sentencia