Auto Supremo AS/0325/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2018

Fecha: 06-Jul-2018

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3.- El Tribunal de alzada, ha vulnerado el art. 51 de la CPE, que establece en su parágrafo VI, que los dirigentes sindicales gozan de fuero sindical, y no se les despedirá hasta un año después de la finalización de su gestión, violando los principios básicos que rigen la materia