Este aspecto no es desconocido por el Tribunal de alzada, que determina el pago de
Este aspecto no es desconocido por el Tribunal de alzada, que determina el pago de los sueldos devengados y demás derechos que acompañan al salario, mientras duro la calidad de miembro del Comité Mixto, que conforme se desarrolló en las consideraciones del otro recurso de casación, fue hasta el 4 de febrero de 2010, más los tres meses extensibles por ley, hasta el 4 de mayo de 2010; no evidenciándose vulneración a esta normativa, ya que el Tribunal de alzada no la desconoce, la aplica en favor del actor, asumiendo la calidad de miembro del comité Mixto con la que contaba, y la inamovilidad funcionaria mientras dure esta condición; pese a que el pre aviso y la causa de desvinculación, fue debido a una restructuración de la entidad, como consecuencia de un plan estratégico institucional anterior, que suprimía el cargo, por lo tanto el ítem que ocupaba por el actor, conforme se señaló precedentemente
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En cumplimiento de esta determinación se emitió el Auto de Vista N° 040/2016 S
- II. FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- En conocimiento del Auto de Vista N° 040/2016 S
- Afirma que del acta Cite: ON-CMHSO-001-10 DE 21 DE ABIRL DE 2010, (dejando en blanco
- Petitorio
- Solicita se case en parte el Auto de Vista recurrido, por ser lesivo a los
- Recurso de casación de la parte actora
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- 3
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- Solicita se case en parte el Auto de Vista recurrido, y deliberando en el fondo
- Expuestos así los fundamentos de ambos recursos de casación en el fondo, se pasa a
- El recurrente considera que se transgredió y aplicó indebidamente el art
- A esto debemos inferir que, el art
- Se afirma que, no se consideró ni valoró por parte del Tribunal de alzada, el
- Por lo señalado, las partes ni los administradores de justicia, no pueden manejar de manera
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- Debe tenerse en cuenta que, con anterioridad a la emisión de la SCP 0009/2017 de
- Ahora, el recurrente señala que tenía una protección adicional y especial, a su estabilidad laboral,
- Este aspecto no es desconocido por el Tribunal de alzada, que determina el pago de
- Respecto a la vulneración del art
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- Manteniendo, sin lugar a la reincorporación del demandante, disponiendo únicamente el pago de salarios devengados,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
