Auto Supremo AS/0788/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2018-RRC

Fecha: 30-Ago-2018

Entonces, considerando los antecedentes y la compulsa realizada, del análisis glosado, se ha podido establecer


Entonces, considerando los antecedentes y la compulsa realizada, del análisis glosado, se ha podido establecer que el Tribunal de alzada ha subsanado la falta de fundamentación de la Sentencia con relación a la imposición de la pena de Jorge Osinaga Auza, y considerando su grado de participación (complicidad) merecía necesariamente la aplicación de las atenuantes especiales en base a las circunstancias previstas por el art. 38 incs. 1) y 2), con relación al art. 39 inc. 3) del CP y en atención a ello, la pena de dos años y ochos meses impuesta por el Tribunal de alzada, responde a derecho y justicia, no pudiendo ser considerados como contradictorios los argumentos expuestos con el precedente invocado del Auto Supremo 038/2013-RRC de 18 de febrero, al ser correcta la resolución exteriorizada en el Auto de Vista impugnado