Auto Supremo AS/0598/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0598/2019

Fecha: 22-Oct-2019

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3.- No correspondería el pago de indemnización y desahucio; ya que, las cláusulas de los contratos administrativos eventuales, establecen que el trabajador no se encuentra sometido a la Ley General del Trabajo; por lo que, el demandante tenia pleno conocimiento que no gozaría los beneficios de indemnización ni desahucio, y la solución de las controversias seria sometida a la jurisdicción coactiva fiscal. Además, señaló que el Tribunal de alzada mencionó que se pague recordando el art. 48 de la CPE, “…incrementando el monto…” (Textual), olvidando que existe un contrato fenecido y se entregó un memorándum de agradecimiento