Auto Supremo AS/0598/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0598/2019

Fecha: 22-Oct-2019

6

6.- Denunció que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre la apelación en relación al pago de la multa del 30%; no obstante, citando el fundamento que expuso el Juez de instancia para ordenar el pago de este concepto; recordó que, en el presente caso no existe prueba que demuestre sobre el reclamo que hubiese hecho el demandante después de haber concluido la relación laboral; toda vez que, en fecha 21 de marzo de 2017 impetró su reincorporación ante la Jefatura del Trabajo y después de mucho tiempo, el 4 de octubre de 2017, impetró sus beneficios sociales ante el juzgado del trabajo, sin agotar la vía administrativa ante el GAM de Cobija; por lo que, el transcurso del tiempo no solo puede ser imputable a la parte patronal, no correspondiendo la imposición de la multa a una institución pública que está exenta de dichos pagos conforme al art. 8 de la Ley N° 1602