Auto Supremo AS/0957/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

II


II.2.2 La reducción de la pena a favor de la acusada Soliz de Foronda constituye un acto ultrapetita “toda vez que este no fue un punto de apelación” (sic), toda vez que la misma nunca apeló sobre ello, violándose en consecuencia el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) evidenciándose que el Tribunal de alzada “incurre en exceso de apreciaciones subjetivas, excediéndose en sus atribuciones” (sic). Sobre el particular enuncia y transcribe pasajes de los Autos Supremos 175 de 15 de mayo de 2006, “417/2003”, “401/2003” y de los Autos de Vista 057/2005 y de 9 de septiembre de 2003