Auto Supremo AS/0957/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0957/2019-RA

Fecha: 15-Oct-2019

Las previsiones procesales que para el recurso de casación exigen los arts


No obstante que, el memorial de casación cuestione superficialmente la fundamentación de las resoluciones inferiores, así como el proceso de subsunción alrededor del delito de Estafa, su planteamiento no deja de ser enteramente conjetural e incluso en ciertos pasajes anecdótico, por cuanto el escrito fue construido a partir de la reiteración de fragmentos íntegros de jurisprudencia constitucional y ordinaria, sin ninguna conexión o bien con el caso de autos o bien integrados a la propia introducción del recurso. El texto del recurso supone desarreglos directamente con los hechos que hubieran motivado el proceso, no brindando herramientas o indicios para un análisis más profundo en torno a los antecedentes procesales, por cuanto la cita inconexa e incompleta de contenidos jurisprudenciales van unidas a la afirmación de no haber sido tomadas en cuenta, formando en consecuencia un relato incompleto y en cierta medida incomprensible, no superando en ninguno de los casos, la sola sugerencia.

Las previsiones procesales que para el recurso de casación exigen los arts. 416 y ss. del CPP, se tratan de previsiones de carga argumentativa tendientes al cumplimiento de los fines tanto del propio recurso, como de la atribución delegada al Tribunal Supremo como máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, esto es, sentar y unificar jurisprudencia; casación es entonces un recurso eminentemente jurídico en el que, teniendo una orientación dikelógica, se exige para su apertura un respaldo argumentativo en derecho, más no la sola exposición de desacuerdos con una u otra cuestión. Este desarreglo, no solo configura un abierto incumplimiento a las exigencias normativas descritas que regulan el proceso penal boliviano, sino en los hechos denotan un actuar risible e imprudente de parte de quien recurre