Auto Supremo AS/0605/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

Conforme la compulsa de lo descrito por el Auto de Vista en relación a los

El Tribunal de alzada ingresó a desarrollar el control de legalidad respecto a la inobservancia de los arts. 13 y 14, así como la errónea aplicación del art. 20 del CP en el fundamento SEGUNDO del apartado III.2.1, desarrollando a partir del quinto párrafo el control de legalidad respecto a la conducta de los acusados, conforme a lo manifestado en apelación restringida: 1. El cuestionamiento referido a la contradicción al condenar por Despojo y absolver por Perturbación de Posesión; 2. La forma en la que se ingresó al inmueble, que desvirtuaría el DOLO; y, 3. La falta de culpabilidad en el hecho. Asimismo, en el fundamento TERCERO del apartado III.2.1, el Tribunal de alzada desarrolló el agravio referido a la errónea aplicación del art. 351 del CP denunciado por los recurrentes, bajo los argumentos de: a. El ingreso pacífico, pública y de buena fe; y, b. La posesión de los recurrentes de más de 20 años.

Conforme la compulsa de lo descrito por el Auto de Vista en relación a los citados agravios absueltos en cada uno de los fundamentos expresados en el fallo de alzada, se puede observar el cumplimiento por el Tribunal de apelación, encuadrando su actuación conforme lo dispuesto en el Auto Supremo 769/2017-RRC, en relación a los motivos tercero, cuarto y quinto de la apelación restringida y abordados en los fundamentos del citado precedente, pudiéndose establecer que el Tribunal de alzada, dio correcta aplicación a la doctrina sentada en el precedente, al efectivamente realizar el control de legalidad y logicidad de la Sentencia, considerando las observaciones advertidas por este Tribunal de casación en el referido Auto Supremo 769/2017-RC