Auto Supremo AS/0605/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

I.2. Admisión del recurso


Con relación a la denuncia de contradicción entre la parte considerativa y resolutiva de la Sentencia; el Auto de Vista en el cuarto punto de su resolución realizó una fundamentación no coherente con lo solicitado, porque lo peticionado fue respecto a las afirmaciones contrarias a las leyes y la lógica: “… el hecho de sostener en una aparte de la Sentencia que tenga un documento de venta por los querellantes a favor de María Esther García y luego se diga que hemos ingresado al bien de forma ilegal, por lo que corresponde dictar Sentencia absolutoria a nuestro favor…”; siendo que lo fundamentado en el cuarto punto del Auto de Vista refirió: “…finalmente en lo concerniente a su observación de que existiera afirmaciones contrarias a las Leyes de la lógica, respecto a que existiría un documento de venta a favor de María Esther García y que luego se afirme que hubiesen ingresado de forma ilegal; ya se analizó y se llegó a la conclusión de que el Juez de origen en ningún momento tuvo como hecho acreditado la existencia de una supuesta transferencia a favor de la señora María Esther García, esa afirmación fue realizada por la defensa y no demostró su hipótesis en juicio oral y tampoco en fase recursiva, no advirtiendo la existencia de duda razonable…”; existiendo vulneración de su derecho a la impugnación establecida en el art. 180.II de la CPE.

I.2. Admisión del recurso