Auto Supremo AS/0605/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0605/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

Señalar que dentro las características principales para tutelar el derecho a la propiedad privada se


Señalar que dentro las características principales para tutelar el derecho a la propiedad privada se constituye la armonía social y el respecto a la colectividad, y, ante ello, debe entenderse que tal ejercicio no puede ser ejercido por quién no ostenta potestad legal en calidad de propietario, lo que precisamente protege y tutela como bien jurídico protegido el art. 351 del CP, siendo que el Despojo, como tal, al pretender garantizar la posesión y/o la propiedad sobre un bien inmueble, debe analizarse necesariamente el derecho de las partes; que en el caso de autos, conforme se estableció en Sentencia, al constatarse que los querellantes particulares gozan del derecho de propiedad debidamente inscrito y reconocido por la entidad pública registral, la protección del Estado recae sobre los mismos ante cualquier perturbación, limitación y/o afectación al derecho real constituido legalmente, que como se tiene de antecedentes, fue afectado por el actuar de Raúl Vertiz Blanco Guzmán y Fabiola Gretel Vertiz Blanco García, quienes durante el juicio no pudieron sostener la existencia de un derecho real constituido sobre el inmueble que se constituyó en objeto de Despojo, que contrariamente los querellantes efectivamente pudieron demostrar por la testifical y documental producida durante el juicio oral, lo que conllevó a la imposición de un condena en primera instancia