Auto Supremo AS/0650/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0650/2020

Fecha: 04-Dic-2020

Fragmento 10

En base a los antecedentes, el médico Nelson Tejada señalaría en su informe el tratamiento actual que se le realizó a la paciente, indicando que se internó el 17 de julio de 2016 programada para una cirugía tiroidectomía total, procedimiento que se suspendió porque presentaba crisis asmática con insuficiencia respiratoria, hipocalcemia y disfonía, habiéndose en fecha 26 de julio realizado tiroidectomía total presentando en el post operatorio signos y síntomas de hipocalcemia y disfonía cuadro que se compensaron con calcio parenteral y luego oral y se le dio alta hospitalaria en el mes de agosto, para luego emitirse en las conclusiones, el criterio médico de que en controles post operatorios hubo una evolución favorable con disminución de síntomas de hipocalcemia, llegándose finalmente al diagnóstico definitivo histopatológico de la pieza quirúrgica que reportó tiroiditis linfocitaria o tiroiditis de hashimoto, habiéndose establecido en el último control por cirugía de cabeza y cuello efectuada el 24 de mayo de 2017, que la paciente se encontraba en buenas condiciones generales y sin signos de hipocalcemia (disminución de calcio) y con voz clara. Refiere que la Sala Civil no toma en cuenta que, de acuerdo a los antecedentes y tratamiento actual de dicho informe, en conclusiones se establece que el hipotiroidismo fue compensado lo mismo que la hipertensión arterial, y en recomendaciones.