Auto Supremo AS/0121/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2020

Fecha: 10-Mar-2020

1

2. Recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Carmen Polet Pary Ríos
i) En la forma
1. Acusa que el Tribunal de alzada, transgredió los arts. 115-II de la CPE; 5 y 265-I del Código Procesal Civil (CPC-2013), por cuanto no resolvió con congruencia, motivación y fundamentación el primer agravio expuesto en el recurso de apelación, pues no refirió en qué medida, la prueba instrumental de fs. 32, 33, 56, 113, 16, 127 y 128, así como la de fs. 230 a 235, no demuestra de manera contundente que en el caso presente, se operó un despido indirecto por impago de salarios; así como, por haber sido objeto de permanente hostigamiento, o qué valor probatorio le asignó a la prueba instrumental de cargo identificada en el recurso de apelación, como elementos probatorios que no fueron debidamente compulsados y valorados por el Juez de primera instancia; o en qué medida, la prueba citada resulta insuficiente para el Tribunal de apelación para demostrar la existencia del no pago de sueldos devengados y las existencia de hostigamiento y acoso laboral, que motivó a acogerse a un despido indirecto; por ello lo resuelto en alzada constituye una decisión de hecho y no de derecho, toda vez que el señalado Tribunal, al ser de conocimiento y no de puro derecho, tenía la obligación de efectuar una valoración conjunta sobre el elenco probatorio citado en el recurso de apelación y sobre ello, pronunciarse con una debida fundamentación y motivación, sobre los agravios alegados en el recurso, conforme establecen los arts. 5 y 265-I del CPC-2103, en el marco de lo dispuesto por el art. 115-II de la CPE