Auto Supremo AS/0121/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2020

Fecha: 10-Mar-2020

En el punto 7, alegó la inobservancia e incumplimiento de la Ley de 18 de

En el punto 7, alegó la inobservancia e incumplimiento de la Ley de 18 de diciembre de 1944 e Instructivo de pago de Aguinaldo de Navidad Nº 81/2018 emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, toda vez que no se condenó al demandado al pago doble de las duodécimas de aguinaldo de navidad correspondiente a la gestión 2018, pese a no haber efectuado dicho pago hasta el 20 de diciembre de la referida gestión, al margen que el demandando, no presentó formulario de finiquito, que acredite el que en el importe depositado a su cuenta de caja de ahorro, se encuentre inserto el importe de las duodécimas del aguinaldo de navidad correspondiente a la gestión 2018, no obstante a su obligación en cumplimiento del principio de inversión de la prueba; en consecuencia, no demostró con documento legal idóneo que hubiera cancelado dicho derecho, dentro del plazo legal; por lo que debe ser condenado al pago de la multa respectiva