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    Auto Supremo AS/0302/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0302/2020-RRC

    Fecha: 20-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de agosto de 2019, cursante de fs
    • I.1.  Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado René Solíz Villavicencio, interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 836/2019-RA de 17 de septiembre,
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 836/2019-RA de 17 de septiembre, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • El Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a René
    • El Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Oruro, conforme en el acápite VI
    • Sujeto Activo
    • Sujeto Pasivo
    • Verbo Rector
    • Delito Doloso
    • Antijuricidad
    • Condición de Punibilidad
    • Perjuicio
    • Conforme a la problemática planteada y delimitada en el Auto de Admisión, corresponde verificar los
    • El imputado denunció la errónea aplicación de la norma sustantiva conforme el art
    • Acusó también el agravio previsto en el art
    • Que no se hubiera valorado la prueba testifical de descargo, con la que se hubiera
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro emitió el Auto de
    • Con relación al agravio previsto en el art
    • En el presente caso el imputado René Solíz Villavicencio, denuncia que el Tribunal de alzada
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no realizó el adecuado control de legalidad
    • Ahora bien, a efectos de verificar si la denuncia en casación tuviera mérito, es importante
    • Previo a ingresar a la problemática planteada, se debe comprender el contexto previsto en el
    • Sobre el particular, analizada la problemática traída en casación, como los argumentos emitidos por el
    • Finalmente, respecto a la versión del recurrente en sentido que el dinero recibido (3% de
    • En consecuencia, por lo anteriormente desarrollado respecto a la problemática traída en casación, no resulta
    • Auto Supremo 91/2006 de 28 de marzo, fue emitido dentro del proceso penal seguido por
    • “El sistema de la sana crítica, otorga a las partes la libertad de escoger los
    • El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
    • Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
    • El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • “A partir del cambio de sistema procesal, se implementa como principio rector del sistema de
    • En el sistema actual, a diferencia del sistema anterior, el Juez es libre para obtener
    • Es obligación de quien acusa, cumplir con la carga de la prueba, demostrando plenamente la
    • Ante un eventual error en la subsunción de la conducta por el A quo si
    • “Una vez introducida la prueba de cargo y descargo al proceso, desarrollados  los actos y
    • Ahora bien, a efectos de verificar si la denuncia traída en casación tuviera mérito, resulta
    • Sobre el particular, analizado la problemática traída en casación, como los argumentos emitidos por el
    • Asimismo, explicó que el recurrente no demostró qué reglas de la sana crítica fueron quebrantadas,
    • En el tercer motivo se denuncia la falta de enunciación del hecho objeto de juicio
    • En ambos casos, se debe tener presente que los cuestionamientos realizados infieren que en Sentencia
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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