Auto Supremo AS/0336/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

“… se debe tener presente que la apelación en este punto de su pretensión ha


“… se debe tener presente que la apelación en este punto de su pretensión ha sido objeto de observación y en ese merito este Tribunal de Alzada le otorgo el plazo de los tres días a efectos de que subsane la omisión extrañada. En esa secuencia siendo que los demás puntos de observación fueron debidamente subsanados empero en lo que respecta a este punto de apelación…el recurrente no ha dado cumplimiento a las órdenes emanadas por el proveído de 06 de febrero de 2018 y por consiguiente el recurrente al no fundamentar separadamente el agravio en este punto de la pretensión, corresponde a este Tribunal de Alzada su rechazo del mismo...” (sic)